Si está casado con un ciudadano estadounidense o residente permanente y vive en Florida, solicitar la residencia permanente por matrimonio puede ser una de las vías disponibles para obtener una Green Card.
Sin embargo, estar casado no garantiza la aprobación del caso. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos, conocido como USCIS, debe confirmar que el matrimonio es legal y auténtico, y que no fue celebrado únicamente para obtener beneficios migratorios.
Presentar una solicitud completa, utilizar las versiones correctas de los formularios y entregar pruebas convincentes desde el principio puede ayudar a evitar retrasos innecesarios.
Para comenzar el proceso, la persona debe estar legalmente casada con un ciudadano estadounidense o residente permanente. Además, cualquier matrimonio anterior de cualquiera de los cónyuges debe haber terminado legalmente mediante divorcio, anulación o fallecimiento.
La persona que solicita la residencia también debe ser admisible a Estados Unidos. Determinados antecedentes migratorios, penales o de otra naturaleza pueden afectar su elegibilidad o hacer necesario solicitar un perdón migratorio.
El cónyuge patrocinador normalmente debe presentar el Formulario I-864, conocido como Declaración Jurada de Patrocinio Económico, y demostrar que cuenta con los ingresos o recursos necesarios. Para la mayoría de los hogares, el requisito equivale al 125 % de las Guías Federales de Pobreza. En ciertos casos, puede utilizarse un patrocinador conjunto.
El procedimiento depende de si el cónyuge extranjero se encuentra dentro o fuera de Estados Unidos, y de si está casado con un ciudadano o con un residente permanente.
El proceso generalmente comienza cuando el ciudadano estadounidense o residente permanente presenta el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero.
Este formulario busca demostrar que existe una relación matrimonial válida. La pareja debe presentar documentos como el certificado de matrimonio, pruebas de que terminaron legalmente matrimonios anteriores y evidencia de que comparten una vida juntos.
Si el cónyuge extranjero se encuentra dentro de Estados Unidos y cumple con los requisitos, podría solicitar la residencia mediante un ajuste de estatus utilizando el Formulario I-485.
Los cónyuges de ciudadanos estadounidenses suelen poder presentar los formularios I-130 e I-485 al mismo tiempo. Esto se conoce como presentación simultánea.
Los cónyuges de residentes permanentes pertenecen a la categoría migratoria F2A y normalmente deben esperar hasta que haya una visa disponible antes de presentar el Formulario I-485. La disponibilidad puede cambiar de acuerdo con el Boletín de Visas.
Permanecer físicamente en Estados Unidos no significa automáticamente que una persona pueda ajustar su estatus. La forma de entrada al país, su historial migratorio y otros factores pueden cambiar sus opciones.
Si el cónyuge extranjero vive fuera del país, el caso generalmente continúa mediante un proceso consular después de que USCIS aprueba el Formulario I-130.
El Centro Nacional de Visas solicitará los documentos civiles, la información financiera y los pagos correspondientes. Posteriormente, el cónyuge extranjero deberá asistir a una entrevista en una embajada o consulado de Estados Unidos.
Dependiendo del caso, el proceso también podría incluir:
No todas las personas deben presentar los mismos formularios. Además, salir de Estados Unidos mientras un ajuste de estatus está pendiente puede tener consecuencias migratorias graves si no se cuenta con la autorización correspondiente.
USCIS puede solicitar evidencia de que la pareja contrajo matrimonio con la intención de construir una vida juntos y no solamente para obtener una Green Card.
Algunos ejemplos incluyen:
No existe un único documento que garantice la aprobación. USCIS analiza la totalidad de las circunstancias y la consistencia de la información presentada.
USCIS puede programar una entrevista como parte del proceso. Cuando esto ocurre, la pareja debe estar preparada para responder preguntas sobre su relación, su hogar, sus rutinas y su historia juntos.
En algunos casos, USCIS puede decidir que una entrevista no es necesaria. Si se programa una, ambos cónyuges normalmente deben presentarse, salvo que USCIS indique lo contrario.
Las respuestas contradictorias, la falta de documentos o la sospecha de fraude pueden ocasionar preguntas adicionales, retrasos o incluso la negación del caso.
No existe un plazo único para todos los casos. El tiempo de procesamiento depende de distintos factores, entre ellos:
Los cónyuges de residentes permanentes pueden enfrentar tiempos de espera adicionales debido a los límites anuales de visas de la categoría F2A. Por eso, las estimaciones deben revisarse según la situación actual de cada caso.
Si el matrimonio tiene menos de dos años cuando se aprueba la residencia, el cónyuge extranjero normalmente recibe una Green Card condicional válida por dos años.
Para conservar la residencia, la pareja generalmente debe presentar el Formulario I-751 durante los 90 días anteriores al vencimiento de la tarjeta. En determinadas circunstancias, como divorcio, abuso o dificultades extremas, la persona podría solicitar una exención del requisito de presentación conjunta.
No presentar este formulario correctamente y dentro del plazo correspondiente puede poner en riesgo el estatus migratorio.
Un formulario desactualizado, un pago incorrecto, información inconsistente o pruebas insuficientes pueden retrasar el proceso o afectar el resultado de la solicitud.
Los abogados de inmigración de Borell Law pueden ayudarle a comprender sus opciones y preparar su caso. Ya sea que se encuentre en Miami, Orlando, Tampa, West Palm Beach o cualquier otra parte de Florida, comuníquese con nuestro equipo para solicitar una consulta.
Esta información es de carácter general y no constituye asesoría legal. Cada caso migratorio es diferente y debe evaluarse individualmente.
Consulta gratuita: 1-888-503-5555
Síganos en nuestras redes sociales para encontrar más información sobre inmigración y las leyes de Florida.